Ricardo De Lorenzo, Académico de Honor de la Academia Médico-Quirúrgica Española

Ricardo De Lorenzo, presidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS), ha sido reconocido Académico de Honor de la Academia Médico-Quirúrgica Española en un acto en el que ha reivindicado la objeción de conciencia del profesional sanitario como un derecho “imprescindible” para un ejercicio profesional “moral y libre”. A este respecto, ha compartido sus dudas sobre los tan “ambiguos” como “monolíticos” registros de objetores que contemplan leyes recientes como las del aborto y la eutanasia, a su parecer “instrumentos poco realistas” en un escenario “cada vez más complejo” que precisa «una nueva Ley Orgánica”.

Con estas palabras se ha dirigido a las autoridades políticas, sanitarias, académicas y jurídicas que han asistido a la Facultad de Medicina de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) para asistir a este acto de la Academia Médico-Quirúrgica de España, con el que ha iniciado además el curso académico 2022-23. Un evento que ha congregado, entre otras personalidades, al consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero; el presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom), Tomás Cobo; y Juan Abarca, presidente del Instituto para el Desarrollo e Integración de la Sanidad (IDIS).

Durante su intervención, De Lorenzo ha manifestado que la posición objetora de un médico en el ejercicio de su profesión “no es definitiva”, dado que puede cambiar a lo largo de su trayectoria; ni tampoco absoluta, ya que depende de casos o circunstancias concretas. Es decir, un facultativo “puede tener tal actitud para algunos planteamientos de su actividad y para otros no”. Ante esta realidad, “un registro ‘general’, de concepción monolítica, no es ni será nunca un instrumento realista” para asuntos tan complejos como la Ley del Aborto o la de la Eutanasia.

De Lorenzo ha apelado a la reciente reforma del Código Deontológico Médico impulsado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom) para referirse a la objeción de conciencia como a las acciones clínicas concretas “y no a personas”, ha insistido en la necesidad de promulgar “una Ley de rango suficiente”, es decir una Orgánica, que acabe con las incertidumbres en el ámbito de la objeción de conciencia.

Redacción Médica

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