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Formación en Responsabilidad Profesional |
PRESENTACION
Tengo que comenzar expresando la honda
satisfacción que me produce presentar esta Unidad Didáctica nº 4 de la Asociación
Española de Derecho Sanitario, dedicada precisamente a "Secreto y confidencialidad
de datos sanitarios". Tal satisfacción encuentra en mí una doble motivación. De
una parte, debido a mi admiración y afecto a sus autores, el Ilmo. Sr. Don José María
Álvarez-Cienfuegos Suárez, Presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional y el Dr. Don Orencio López Domínguez.
Con el primero compartí, tiempo atrás, tareas jurisdiccionales en el mismo Tribunal y hemos participado de ilusiones y trabajos comunes en el comité Científico de la Asociación Española de Derecho Sanitario. En cuanto al Sr. Orencio López Dominguez poseo sobradas pruebas de su valía profesional en su actividad en el Hospital de Valdecilla y conozco de su interés por las más variadas cuestiones que pueden afectar o simplemente colindar con la actividad sanitaria. Doy fe por ello del mérito y valía de ambos autores.
Mas no tan sólo el elemento subjetivo y personal del trabajo, también el propio objeto, la peculiar materia, su contenido, provoca en mí entusiasmo e ilusión y disipa cualquier niebla o recelo de escribir esta breve Presentación. Cuando nos hallamos ya en las postrimerías del siglo y casi tocamos el año 2.000 desde la Unión Europea, nos encontramos con una institución más antigua históricamente que el propio Cristianismo y que el mismo Derecho Romano y que ha pervivido a los más diversos avatares políticos y tan sólo por el celo de sus convencidos adeptos. Me estoy refiriendo al secreto médico, que la promulgación del Código Penal de 1.995 ha vuelto a poner en el candelero al criminalizar su vulneración, tras un largo periodo de atipicidad desde la entrada en vigor del texto penal de 1.870, salvo el breve paréntesis del Código Penal de la Dictadura del General Primo de Rivera.
Mas ahora se produce en una actuación sanitaria muy diferente de la del pasado. Hasta no hace mucho las relaciones eran personales e intersubjetivas entre médico y paciente. Tan sólo el facultativo, muy raramente la enfermera o los familiares del galeno, podían acceder en algún caso al secreto. Hoy se trabaja en equipo y en campo hospitalario en una medicina que puede reputarse de eficaz, pero indudablemente masificada, y los datos recibidos del enfermo, cobijados en su intimidad y privacidad y los descubiertos en la propia actividad clínica, se recogen informatizadamente y a ellos pueden acceder no tan sólo cualquier sanitario del Centro, sino ajenos a la función curativa como los propios administrativos y subalternos.
Ello ocurre además en un mundo en el que la privacidad se siente más amenazada que nunca por técnicas cada vez mas sofisticadas. Tal es el mundo en que debe custodiarse el secreto profesional médico. Nuestros galenos han sido siempre los celosos guardianes de dicho secreto e incluso cuando los textos colegiales y deontológicos se ocupaban de mantener viva tal exigencia. La misma Historia nos enseña que, en no pocas ocasiones ha sido preservado frente a las exigencias contrarias del propio poder político. Cuando en los sucesos de 1.832 en Francia y en pleno estado de sitio, la respuesta de Dupuytren al Prefecto que quería conocer el nombre de los amotinados está llena de la ironía del romanticismo del tiempo: "Yo no he visto más que heridos".
Ha pasado ya mucho tiempo desde que se escribió el famoso juramento hipocrático, pero aún se mantiene vivo ese ideal de la medicina con una larga tradición secular.
Hay que felicitar a los autores que tratan el secreto médico desde el punto de vista penal y de la deontología y que han puesto de relieve la importancia de la intimidad en la actividad sanitaria y se han ocupado también de aquellos limitados supuestos en que puede y debe levantarse dicho sigilo. Su utilidad para los profesionales de la medicina y para los propios juristas, resulta indudable, por eso hay que felicitar también a sus lectores que van a encontrar aquí, con la concisión y brevedad precisas, lo más importante y actual sobre el tema. Van a conocer, no sólo las consecuencias penales de la vulneración de tal secreto, sino donde se ocultan los peligros de la pérdida de tal confidencialidad profesional.
José Manuel Martínez Pereda Rodríguez.
Magistrado del Tribunal Supremo.