EL EJEMPLO ESPAÑOL EN RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS SANITARIOS ATERRIZA EN TOKIO

La vicepresidenta de la Asociación Española de Derecho Sanitario, Ofelia De Lorenzo, tendrá que pasar este año las vacaciones muy lejos de casa por un motivo que vale la pena: ha sido invitada a participar en el Congreso Mundial de Derecho Médico que se celebra del 6 al 8 de agosto en la ciudad japonesa de Tokio. Allí, la abogada y directora del Área Procesal en De Lorenzo Abogados será la encargada de presentar una conferencia centrada en la experiencia española de resolución de conflictos de forma extrajudicial en materia de responsabilidad sanitaria que se ha implantado en el Sermas. Ofelia De Lorenzo ha charlado con Redacción Médica para confesar que este congreso significa para ella mucho más que cualquier otro, dado que su asistencia significa continuar con el linaje que su familia ha dejado en este evento, siendo ella la tercera generación que asiste al mismo.

Tokio, una gran distancia para ver temas de Derecho Sanitario. ¿Por qué es importante este Congreso Internacional de Derecho Médico que se celebra en Tokio?

Así es, pero es la reunión más importante de nuestra especialidad a nivel mundial. Por otro lado, la WAML ‘The World Association for Medical Law’, es algo especial para nuestra familia, a la que el apellido De Lorenzo está ligado desde su creación.

Mi abuelo Antonio De Lorenzo participó en su nacimiento en 1967 con el profesor R. Dierkens de la Facultad de Derecho de la Universidad Estatal de Gante, alma mater del proyecto, a quien se le ocurrió plantear estudios y cuestiones multiculturales relacionadas con el Derecho Médico, junto a grandes profesores del ámbito Médico, siendo Belga el primer presidente: el Profesor Spanoghe.

Posteriormente, el Juez Amnon Carmi de Israel o el actual presidente Thomas Noguchi de Estados Unidos. Por cierto, Noguchi es un popular forense que atendió las autopsias de mediáticas figuras como Robert F. Kennedy, Marilyn Monroe, Sharon Tate o Jim Belushi.

Una cita muy ligada también con su padre, Ricardo De Lorenzo.

Efectivamente, mi padre Ricardo De Lorenzo fue miembro del Comité de Presidentes, por la Asociación Española de Derecho Médico, participando en congresos de referencia, como el de Israel en el que el español entró como lengua oficial con el inglés o Praga en 1988, donde se debatió el cambio de Derecho Médico por Derecho Sanitario (Health law). Todos ellos han visitado nuestro País siendo ponentes invitados en nuestros Congresos Nacionales de Derecho Sanitario.

Como podrá comprender no solo es importante por lo que representa científicamente esta reunión, sino también por lo que significa para mí como tercera generación participante ante la WAML.

¿Qué papel jugará usted en el mismo?

Presento la experiencia española de resolución de conflictos de forma extrajudicial en materia de responsabilidad sanitaria (‘Out-of-Court Solution of Disputes Concerning Healthcare Professional Liability; Experience of the Dispute Co-ordination Service (SCC) of the Madrid Health Service (Sermas)’), analizando la evolución del Servicio de Coordinación de Conflictos del Servicio Madrileño de la Salud, como pionero en la Comunidad y cuya aportación ha sido reconocida por los ciudadanos otorgando en las encuestas de satisfacción un 4,5 sobre cinco.

Experiencia que está dando resultados de éxito en el Sermas, y que está permitiendo no solo fomentar la resolución de reclamaciones patrimoniales, sino que está permitiendo humanizar los conflictos que surgen entre Médicos y Pacientes. Algo aparentemente sencillo como sentarse con el reclamante y ofrecerle diálogo, humanizando el conflicto, llegando a acuerdos extrajudiciales, para que el paciente sienta que ha sido escuchado. Realidad que a través de sus especialistas en pericia sanitaria y derecho sanitario he tenido la oportunidad de coordinar jurídicamente dando soporte y servicio profesional al Servicio de Coordinación de Conflictos del Sermas.

¿Que pretende transmitir en este foro internacional?

Básicamente que los acuerdos extrajudiciales en materia de responsabilidad profesional sanitaria son una práctica habitual, pero en la gran mayoría de los casos llegan tarde, una vez iniciado el procedimiento judicial, y de forma insatisfactoria: en especial para el reclamante, que siente que en ningún momento ha sido escuchado, o para el profesional, que se lamenta de que no se haya evitado, y esto es una realidad idéntica internacionalmente.

La realidad y la práctica han demostrado que el éxito de un acuerdo extrajudicial en materia de responsabilidad profesional radica en dos puntos: el primero, en cómo se gestiona desde el inicio la reclamación, si es posible adelantándose a ella; y el segundo, y si cabe más importante aún que el punto anterior, en el diálogo con el reclamante.

¿Este método ha saltado al resto de España?

En el caso de España, en los últimos años, mucho se ha hablado y publicado sobre la mediación sanitaria como método alternativo de resolución de conflictos y se han realizado intentos de integrar la mediación en el ámbito sanitario a través de la articulación de distintas figuras de conciliación, a la que se le han atribuido labores similares a la mediación, pero con poco éxito.

Por eso, y ante la necesidad de métodos alternativos de resolución de conflictos en materia de responsabilidad civil también patrimonial, algunos servicios de salud han empezado a exigir el compromiso por parte de las aseguradoras en su modelo de aseguramiento de responsabilidad civil, que cuenten con métodos alternativos de resolución de conflictos, habiendo sido pionera la compañía aseguradora SHAM España, dando cabida a la figura de un tercero con conocimientos específicos (medico-jurídicos) para que actúe no estrictamente de mediador entre las partes, pero sí de facilitador: un servicio de profesionales cualificados imparciales, que sean capaces de comunicarse con el reclamante, explicarle de forma más cercana la situación y tratar de conseguir evitar la vía judicial facilitando acuerdos cuando proceda. Y este sistema junto a nuestra experiencia puede ser homologable.

Aparte de la conferencia/presentación del sistema de resolución de conflictos de forma extrajudicial en materia de responsabilidad sanitaria, ¿participa usted en alguna otra sesión?

Sí, tenemos una sesión/mesa redonda sobre ‘Medical Accidents/Medical Malpractice’, que moderaré junto a mi colega también Abogado Nigeriano, Laolu Osanyin, primer miembro africano miembro del directorio de gobernadores de la World Association for Medical Law.

El problema de la seguridad clínica de los pacientes afecta globalmente al mundo de la salud y no sólo se constriñe a los centros sanitarios de los países desarrollados, los cuales informan de esta materia en la literatura médica internacional. Múltiples factores no sólo institucionales y humanos, sino también gubernamentales, académicos y tecnológicos relacionados con la atención de pacientes no son tenidos en cuenta durante el proceso de dispensación de la asistencia sanitaria y se traducen en riesgos latentes que cuando se concretan producen como consecuencia el error.

La elaboración de una cultura institucional en seguridad clínica que genere en los profesionales sanitarios la adopción de prácticas seguras, es el punto de partida para disminuir al mínimo posible la incidencia de eventos adversos, y fundamental con la notificación de incidentes y efectos adversos, la creación de los registros.

A la ventaja del reconocimiento público de que la seguridad es mejorable en la atención sanitaria, se une la desventaja de que el vocablo inglés escogido (‘medical malpractice -errores’), lleva implícita la connotación de negligencia del profesional sanitario. Este no debe ser el enfoque adecuado, ya que muchas situaciones analizadas son susceptibles de mejora simplemente en base a cambios en los sistemas de trabajo y de instauración de sistemas de prevención.

¿Además de usted, hay más representación española en dicho Congreso?

En el programa provisional no he podido ver más representación española, en cambio sí de Portugal. La distancia es un inconveniente para nosotros, así como celebrarse en nuestro periodo vacacional.

¿Qué líneas de debate se están llevando en el resto del mundo con respecto al Derecho Médico?

No varían mucho de las que tratamos en nuestros Congresos de Derecho Sanitario. En estos momentos la Asociación Española de Derecho Sanitario se ha convertido en la tercera del mundo en número de miembros, tras de la americana y la israelí. Esa será precisamente una de las razones por las que tras los próximos Congresos que se celebrarán en Toronto y Estambul se pueda plantear que España sea sede del Congreso del 2022.

Junto a temas legales regionales propios, otros de interés internacional como la gestación subrogada, eutanasia, el nuevo reglamento europeo de producto, los aspectos jurídicos que plantea la edición genética de seres humanos, medicina personalizada y el ‘big data’ sanitario con el uso del dato de salud en investigación biomédica

¿Cuáles serían las principales conclusiones que se podrían derivar a modo de previa?

Una de las funciones esenciales del Estado de Derecho a nivel internacional es la garantía de la tutela judicial de los derechos de los ciudadanos. Esta función implica, para que sea efectiva, el reto de la implantación de una justicia de calidad capaz de resolver los diversos conflictos que surgen en una sociedad moderna y, a la vez, compleja.

La mediación se muestra como un mecanismo de resolución de conflictos conocido y utilizado desde antiguo, pero es ahora cuando la sociedad y los poderes públicos la van descubriendo como una poderosa herramienta para evitar el recurso a la demanda judicial, ya que ésta es más costosa, larga y en la mayoría de las ocasiones insatisfactoria para todas las partes.

Acceda a la entrevista en redaccionmedica.com