LA SALUD PÚBLICA ‘SUFRE’ LA TRANSFERENCIA DE LA SANIDAD A LAS CCAA

La última mesa redonda del XXIII Congreso Nacional de Derecho Sanitario ha versado sobre los problemas jurídicos que plantean las grandes crisis sanitarias.

Un tema que ha abierto Íñigo de Miguel, investigador postdoctoral de la Universidad del País Vasco, que ha recordado que nuestro sistema sanitario “sigue centrado en el individuo”, lo que no lo enfoca a una correcta cobertura de este tipo de crisis. De Miguel ha advertido que no es oportuno dejar las cosas “a la improvisación”, comentando por otro lado la ley de 1986. Esta, a su juicio, “no concreta” los protocolos de actuación pero se excede en sus poderes: “¿Cómo puede permitir tener a una persona retenida sin que participe en ello un juez?”, ha planteado. Asimismo, ha reflexionado sobre lo complicado que resulta para las políticas de salud pública un país donde las competencias sanitarias están transferidas. “La política tiene una mentalidad que no va más allá de sus votantes”, ha sentenciado al respecto, en un discurso que él mismo ha tildado de “pesimista” respecto a que puedan mejorar las cosas.

saludpublicaFernando José García López, del Centro Nacional de Epidemiología, ha recordado que “una guerra nuclear y el cambio climático” son los dos factores que más pueden provocar un desastre. Sin embargo, este experto se ha centrado en la crisis del ébola, con la que se ha reflexionado sobre aspectos éticos. “La mala cobertura las primeras horas llevó a un estado de pánico aunque luego la situación se tranquilizó”, ha explicado para situar el contexto de lo ocurrido. Respecto a la repatriación, García López ha citado la “ética cosmopolita” para desgranar la conveniencia de haber trasladado a los dos cooperantes españoles afectados por la enfermedad, entendiendo que estas situaciones “carecen de fronteras”. El experto se ha centrado en el caso de la auxiliar de enfermería afectada en Madrid, pues a partir de aquello “se modificó el protocolo para establecer la cuarentena, un régimen muy estricto que en España no tuvo quejas”. Sí en Estados Unidos, “donde una mujer puso un pleito por ello”. “¿Qué hubiera ocurrido si hubiera habido 8.000 contactos?”, ha dejado en suspense. De ahí ha pasado a la “criminalización pública” que se hizo con la afectada por el fallo que cometió al quitarse el traje de seguridad. Aunque la verdadera astilla que ha puesto sobre la mesa este experto ha sido las dificultades que ofrece un país con competencias sanitarias transferidas «cuando se requiere una autoridad en salud pública». Reflexión sobre la que han asentido el resto de ponentes.

La siguiente ponencia ha sido ofrecida por Emilio Armaza, profesor de Derecho Penal y de Biomedicina en la Universidad de Deusto, que ha recordado el caso de un paciente afectado de ébola en Nigeria natural de Liberia, que no quería quedarse ingresado en el hospital. El embajador en el país dijo que le liberaran y a punto estuvo de generar un conflicto diplomático. “¿Se debe sancionar la quiebra de una cuarentena?”. Una cuestión que pondera la salud pública frente a la libertad individual, y viceversa. “Se puede recurrir a los tribunales si no se está de acuerdo con lo dispuesto por las autoridades sanitarias, igual que estas mismas pueden acudir para cubrirse las espaldas”, ha aseverado el experto, si bien cree que “lo normal es que los jueces hagan caso a lo indicado por los sanitarios”. Claro que, como en el caso del afectado nombrado anteriormente, que además de acabar con su vida terminó con las de otras ocho por contagiarlas, hace reflexionar que la clave “es la protección de la salud pública”.

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