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ENTREVISTA A RICARDO DE LORENZO EN REVISTA MÉDICA

"ES TREMENDAMENTE INJUSTO QUE DESPUÉS DE

CADA ACTO MÉDICO PUEDA HABER UNA PRESUNCIÓN DE CULPABILIDAD"


 


Ricardo De Lorenzo, Presidente y Fundador de la Asociación Española de Derecho Sanitario

 

Definido en el sector como "el abogado de los médicos", Ricardo de Lorenzo siempre tuvo claro que quería dedicarse al Derecho y, al igual que su padre, se especializó en Sanidad. En la década de los 80, este letrado admite que no pisaba el despacho, ya que se pasaba las mañanas en juicios demandando derechos laborales básicos para los profesionales sanitarios. A través de estas reclamaciones, según él mismo relata, las guardias empezaron a considerarse como horas extraordinarias y jornada complementaria. Es académico honorario de la Real Academia de Medicina, presidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario, asesor jurídico de la Organización Médica Colegial (OMC) para temas de responsabilidad profesional y autor de múltiples publicaciones y libros sobre su campo, entre otros. Hoy sigue luchando activamente dentro y fuera de los tribunales, pero siempre del mismo lado, y su filosofía sanitaria es muy clara: "Soy un acérrimo defensor de la especificidad en el tema sanitario".

 

Como profesional del Derecho sanitario, ¿qué le parecen las novedades legislativas puestas en marcha por el actual equipo ministerial?

RICARDO DE LORENZO. Desde mi punto de vista la novedad principal es la que fue anunciada por el subsecretario de Sanidad con motivo del XI Congreso Nacional de Derecho Sanitario, que todavía hoy sigue en proyecto, y que entiendo que es fundamental: la ley reguladora del baremo de daños específicamente sanitario. Una necesidad largamente sentida tanto por los profesionales sanitarios como por las compañías aseguradoras de la responsabilidad profesional de los mismos, que dotará de seguridad jurídica a las relaciones que entablan aquellos con éstas. Pacientes y profesionales sanitarios serán los grandes beneficiarios de esta ley que parece que puede ser una realidad a finales de este año.

Sin embargo, este proyecto ha creado controversia debido a la dificultad de establecer una evaluación objetiva...

R.de L. ... En la valoración del daño corporal ocasionado por el acto médico, se trata de pasar de una regulación legal casi inexistente (ya que en la actualidad se aplica a esta materia con carácter analógico el baremo por accidentes de tráfico) a un sistema normativo sectorial y detallado. Si la valoración de los daños personales es apasionante, precisamente lo es por su dificultad, pues persigue la difícil meta de valorar y cuantificar elementos que no son mensurables en el entendimiento de que éstos, e incluso los que lo son, resultan medidos en la práctica de forma harto discutible. Debe tenerse en cuenta que, junto a las secuelas físicas o al lucro cesante, los cuales pueden ser objeto de valoración objetiva con cierta facilidad, también han de evaluarse los daños morales, los cuales cuentan con un alto grado de subjetividad.

Esta medida, ¿tiene su origen en la judicialización del mundo sanitario?

R.de L. No totalmente. Si bien es cierto que las cuantías indemnizatorias que se establecen en las resoluciones judiciales por parte de los jueces y tribunales han sido tan dispares que dicha situación ha sido criticada por los exper­tos, que han promovido la idea de promulgar una ley que apruebe el baremo por daños sanitarios, la necesidad del baremo no va intrínsecamente unida a la judicialización del mundo sanitario, ya que dicho mecanismo también resultaría aplicable a otros medios de solución extrajudicial de los conflictos, como serían la conciliación, la mediación o el arbitraje.

Pero la judicialización del mundo sanitario sí que existe. ¿Cómo se ha llegado a esta situación?

R.de L. En lineas generales, la Medicina ha pasado de magia a ciencia, de arte a técnica. Desde la perspectiva del paciente, esta evolución se traduce en el paso de la concepción de la salud como suerte a la salud como derecho, lo que implica un sustancial cambio de actitud desde una situación de sometimiento y resignación a otra de mayor exigencia de calidad de prestaciones asistenciales que, por otro lado, no puede ya, no sólo solicitar, sino exigir como antes hacía. Desde el punto de vista del profesional sanitario, las curaciones son el resultado de un conjunto de conocimientos sometidos a un sistema, y la rela­ción médico paciente no descansa ya tanto en la confianzade la habilidad del médico como en su experiencia y capacidad de trabajo, que desarrolla además en un medio más tecnificado y espe­cializado, dominado por estructuras públicas, semipúblicas o privadas, en las que esa relación es cada vez menos directa, lo que motiva una exigencia inmediata de resarci­miento cuando surge un problema. Vivimos una cosificación de la sa­lud, una concepción de la Medicina como bien de consumo. Parece que todo se puede comprar: una nariz bonita, unas piernas delgadas... y, en cambio, no nos esforzamos por hacer ver a la sociedad que nada es inocuo cuando se hace uso de la Medicina.

La figura del médico responsable, ¿es un mecanismo de conciliación adecuado?

R.de L. El médico responsable, según a sido concebido en la Ley 41/2002 del 14 de noviembre, tiene asignadas funciones de coordinación de la información y de asistencia sanitaria del pacien­te o del usuario, con el carácter de interlocutor principal del mismo en todo lo referente a su atención e información sobre el proceso asistencial, por lo que éste no resultaría un mecanismo de conciliación adecuado cuando en la relación médicopaciente se han superado ya las etapas informativas y coordinadoras y existe un conflicto latente.

Pero el consentimiento informado está bien desarrollado legalmente. ¿Por qué entonces siguen ocurriendo fallos y los pacientes continúan desinformados?

R.de L. La falta de información no es tanto un problema legal como de cambio de las relaciones sanitarias: del paternalismo tradicional a la parti­cipación en la toma de decisiones. El aprendizaje de esta nueva relación exige cambios de mentalidad en los profesionales que no se consiguen sólo 'a golpe de ley', sino mediante la implantación de medidas educativas, formativas y de participación de los profesionales. El Derecho sanitario no existe como asignatura dentro de la carrera de Medicina y al igual ocurre con la Ética. Son materias de post­grado y, sin embargo, es más que fundamental que los estudiantes las conozcan desde el principio

El caso de Leganés, es un ejemplo muy claro de error en el consentimiento informado...

R.de L. El caso Leganés es el resultado de muchas más carencias, como por ejemplo la falta de una regulación sobre instrucciones previas (sólo nueve comunidades la tienen); de un registro central de instrucciones previas; de una asistencia plena de los cuidados paliativos (prevista en la Ley Cohesión y Calidad del SNS); y la trágica politización de los hechos, que no ha conseguido sino generar daño en la confianza que debe existir entre el médico y el paciente.

¿Por qué no se ha desarrollado aún el registro nacional de instrucciones previas?

R.de L. Al haber asumido las comunidades autónomas las funciones y servicios del extinto Instituto Nacional de la Salud el 1 de enero de 2002, la implantación del registro nacional ne­cesita de un acuerdo que debe ser adoptado en el Consejo Interterritorial, tal y como se pone de manifiesto en el artículo 1 1.5 de la Ley 41/2002, el cual alude a que dicho mecanismo se regirá por las normas  que  reglamentariamente  se determinen, previo acuerdo del Consejo. Dicho acuerdo no ha tenido lugar hasta el momento, aparte del hecho de que la propia ley, cuando alude a su carácter de legislación básica en la Disposición Adicional Primera, no establece un plazo determinado para que el Estado y las autonomías adopten las medidas necesarias para la efectividad de la citada ley, aunque esto no sirva de justificación para el retraso.

Antes ha mencionado la ausencia de conocimientos de los médicos sobre Derecho sanitario.

¿También es necesario que haya más abogados especializados en Sanidad?

R.de L. En estos momentos, el Derecho sanitario es una especialidad 'de moda' y en plena eclosión. Hay mucha gente joven, recién licenciados muy interesados en este campo, conscientes de que existe una mayor sensibilidad social hacia la protección de la salud, entendida ésta como derecho exigible y reclamable jurídicamente.

¿Cuál es la situación actual existente entre las compañías aseguradoras y los médicos?

R.de L. El hecho de que las indemnizaciones fijadas en las sentencias sean dispares y cada vez más elevadas ha provocado el retraimiento de la oferta aseguradora de las compañías de seguros a los profesionales sanitarios. Yo estoy convencido de que una vez promulgado el baremo de daños sanitarios, dicha norma ayudará a mejorar el mercado asegurador al garantizarse mejor la valoración de los daños y, en consecuencia, la determinación de las tarifas por los riesgos asegurados.

Así pues, ¿cree que las leyes actua­les no protegen lo suficiente al médico?

R.de L. Una ley cuya finalidad fuese la de proteger a una determinada profesión sería esencialmente injusta. Creo que el actual sistema normativo establece obligaciones recíprocas tanto para los profesionales como para los pacientes.

Bien es cierto que la autonomía del pacien­te, que se halla impresa en la práctica totalidad de las normas que se vienen promulgando últimamente, impone el respeto a las decisiones libremente adoptadas por el enfer­mo, pero ello no significa que el sanitario se halle desprotegido. A través de la información adecuada y de la prestación del consentimiento informado cumple parte de sus obligaciones y garantiza el res­peto a la decisión del paciente. Si a ello se une el cumplimiento de la lex artis ad hoc, no cabría hablar de desprotección alguna del médico. Lo que sí existe es un gran desconocimiento por parte de los profesionales de las leyes que regulan su profesión.

En cuanto al secreto profesional del facultativo, ¿está adecuadamente regulado?

R.de L. Salvo las regulaciones parciales establecidas en la Ley de Enjuicia-códigos deontológicos, casi 27 años después de la promulgación de la Constitución aún no se ha dado cumplimiento por parte de los poderes públicos a la función que le impuso el legislador constitucional de regular el secreto profesional

A grandes rasgos, ¿cuáles son los vacíos legales que habría que solventar urgentemente en Sanidad?

R.de L. Entiendo que el vacío legal cuya solución demanda más prontitud es dar cumplimiento al mandato contenido en la Disposición Adi­cional Primera de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, relativo a que tanto el Estado como las comunidades autónomas deben adoptar las medidas necesarias para la efectividad de dicha ley. Pues bien, a pesar de que han transcurrido cerca de tres años, han sido pocas las regiones que han cumplido dicho mandato y ello implica que el catálogo de derechos de los pacientes puede ser distinto según el territorio donde residan. Pienso igualmente que sería necesaria una ley específica que regulara la responsabili­dad sanitaria; al igual que entiendo que el dato sanitario requiere de un estatuto propio. Yo soy un acérrimo defensor de la especifi­cidad del acto médico. No puede valorarse el dato sanitario en el contexto de una ley absolutamente genérica, como es la ley orgánica de protección de datos.

También creo que se tienen que potenciar la mediación y la conci­liación y entiendo que debe haber un tope para las indemnizaciones por daños sanitarios, como existe en EE UU. Por otro lado, hay una gran preocupación desde el punto de vista jurídico como con­secuencia del estatuto marco. El mes pasado, la sala de conflictos del Tribunal Supremo dictaba un auto en virtud del cual se establecía la competencia de la jurisdicción contencioso administrativa para los conflictos que los médicos puedan tener. Este es un tema complicado, porque el acceso será bastante más difícil que el que los médicos tuvieron para acceder a la jurisdicción social, la competente en su momento. En el estatuto marco hay todavía muchos aspectos pendientes, como el desarrollo de la carrera profesional.

Desde el punto de vista legal, ¿el Ministerio de Sanidad sigue siendo imprescindible?

R.de L. Sí. Una vez desgajadas las funcio­nes sanitarias del marco competencial de la Seguridad Social, no resultaría factible la supresión del Ministerio de Sanidad y la atribución de las funciones del mismo al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Por otra parte, la Constitución asigna al Estado, en este caso al Ministerio de Sanidad y Consumo, las funciones de pro­ducción de legislación básica, coordinación general sanitaria, Sanidad exterior y legislación farmacéutica, por lo que legal y constitucionalmente su existencia sigue siendo hoy imprescindible

Sobre la colegiación voluntaria, ¿cuál es su postura?

R.de L. Aunque es cierto que determinadas leyes dictadas por las comunidades han conceptuado la colegia­ción como voluntaria respecto a los profesionales que prestan sus servicios en exclusividad para las Administraciones públicas, no lo es menos que la Ley de Colegios Profesionales estatal establece que es obligatoria. En este punto se han planteado varias cuestiones que deben ser resueltas por el Tribunal Constitucional. En cualquier caso, pienso  que  la existencia de  los colegios profesionales es la mejor garantía de independencia, actuación objetiva y protección de los intereses de los profesionales, por lo que debería mantenerse.

¿No opina que existe cierto corporativismo entre el sector de los facultativos?

R.de L. En absoluto. Eso de que los médicos son corporativistas es un planteamiento absolutamente trasnochado. Esto lo afirmo desde la experiencia, ya que cada vez que tengo un procedimiento en que defiendo a un médico, hay otro en la parte contraria. Hoy, los procedimientos judiciales requieren de especialistas en ambos bandos, e, indiscutiblemente, quien conozca lo que es un procedimiento de responsabilidad, sabe que ese corporativismo no existe. Además, hay muchas reclamaciones que se pro­ducen cuando un doctor le pregunta a un paciente: "¿Quién le ha hecho esto?". Si existe una profesión poco solidaria entre ellos es precisamente la médica.

Si hablamos de la relación entre la industria y los sanitarios, ¿le parece que hay una regulación adecuada de los aspectos éticos?

R.de L. Este es un ejemplo de la necesidad de la colegiación obligatoria puesto que mal pueden garantizarse ade­cuadamente los aspectos éticos en las relaciones entre la industria y los sanitarios sin una corporación profesional que, mediante las comisiones deontológicas y el código de ética y deontología médica, los garantice.

El Gobierno ha desarrollado una nueva reforma de la Ley de Reproducción Asistida. ¿Puede el Derecho poner barreras a la investigación? ¿Qué opina de esta modificación?

R.de L. Es conocido que el Derecho avanza muy por detrás de la reali­dad social y, desde este punto de vista, podría decirse que supone una barrera a la investigación. No obstante, con las sucesivas nor­mativas, en especial la promulgación del Real Decreto 2132/2004, de 29 de octubre, por el que se establecen los requisitos y procedimientos para solicitar el desarrollo de proyectos de investigación con células troncales obtenidas de preembriones sobrantes, debe entenderse que se permiten, con los debidos controles y condiciones, utilizar con fines de investigación preembriones crioconservados sobrantes. La futura modificación, en la medida en que incremente las posibilidades de investigación así como las terapéuticas, abrirá nuevas perspectivas y, por tanto, debe valorarse positivamente.

Se muestra entusiasmado con su profesión. ¿Siempre quiso estudiar Derecho?

R.de L. Sí (sonríe). Además, mis antecedentes familiares han sido siempre jurídicos, salvo mi hermano que es médico. Mi padre perteneció a la carrera judicial y fiscal y, después, en su ejercicio profesional, fue el pionero en nuestro país de lo que entonces se llamaba Derecho médico. La biblioteca del Colegio de Médicos de Madrid lleva su nombre. Así pues, la vocación me nació en el ámbito familiar, pero con una singularidad: el ejercicio del derecho ante los tribunales, es decir, yo quería ponerme la toga y dedicarme a la defensa y así ha sido mi carrera. Mis inicios en la defensa de los facultativos fueron en el ámbito laboral y administrativo, probablemente las áreas jurídicas que más me gustan, y la verdad es que fueron incontables los procedimientos. Desgraciadamente, hoy en día la estructura de un despacho moderno, con equipos multidisciplinares y presencia en varias comunidades requiere mi participación en la dirección y coordinación y la asistencia a las juntas de letrados, lo que me impide estar en tribunales tanto como me gustaría. Pero, indiscutiblemente, sigo siendo de esos abogados que necesitan la toga para sentirse en plenitud.

¿Se le podría definir como el abogado de los médicos?

R.de L. Así me definió Ricardo Ferré, el gran impulsor del baremo de da­ños sanitarios, y con este título me he quedado. Ser abogado de una profesión cuya vocación consiste en defender la salud físicay mental del hombre y en aliviar su sufri­miento en el respeto a la vida y a la dignidad de la persona humana constituye un honor y, personalmente, un motivo de legítimo orgullo.

¿QUE LE VIENE A LA MENTE SI HABLAMOS DE.......

¿La figura del médico responsabel?

"No entiendo que este sea un mecanismo de conciliación adecuado cuando en la relación médicopaciente se han superado ya las etapas infor­mativas y coordinadoras y existe ya un conflicto latente"

¿El caso Leganés?

"Es elresultado de muchas ausencias: de una regulación y un registro central sobre las instrucciones previas; y de un desarrollo correcto de los cuidados paliativos. Además, la trágica politización de los hechos ha generado daño en la confianza entre médico y paciente"

¿lLa Ley de autonomía del paciente?

"Entiendo que el vacío legal cuya solución demanda más prontitud es dar cumplimiento a la Ley 41/2002, que en su disposición adicional primera ordena que tanto el Estado como las comunidades deben adoptar las medidas necesa­rias para la efectividad de dicha ley"

¿El corporativismo de los médicos?

"Cada vez que tengo un pro­cedimiento en que defiendo a un médico, hay otro en la parte contraria. Muchas de las reclamaciones se producen cuando un doctor le pregunta a un paciente: ¿Quién le ha hecho esto?". Si existe una profesión poco solidaria, es precisamente la médica"