A pesar de que la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales se publicó en el año 1995, existe una problemática
evidente a la hora de gestionar la prevención dentro de la
empresa.
Alo largo de estos ocho años, ha habido
numerosas interpretaciones de la Ley de Prevención y ampliaciones
de la misma, en la que se insiste en la importancia de una eficaz
gestión de la prevención y la implantación dentro de las
empresas en la organización misma.
GESTIONAR LA PREVENCIÓN
Una vez elegida la modalidad preventiva, la
empresa tiene que tener clara qué actividades debe realizar para
el desarrollo de la prevención:
- Realizar un Plan de Prevención:
- Analizando la empresa.
- Implicando a todos los niveles jerárquicos.
- Realizando programaciones de la actividad preventiva.
- Adquiriendo compromisos.
- Hacer partícipes a los representantes de los
trabajadores.
- Evaluar los riesgos, teniendo en cuenta las distintas
especialidades.
- Seguridad Laboral.
- Higiene industrial.
- Ergonomía y Psicosociología.
- Planificar los riesgos para eliminarlos o minimizarlos.
- Informar y formar a los trabajadores de manera adecuada.
- Realizar la actividad de Vigilancia de la Salud.
HERRAMIENTAS DE TRABAJO
La Evaluación de riesgos y Planificación de
riesgos son las herramientas principales y básicas para
desempeñar una correcta gestión de la prevención.
Con estas herramientas conseguiremos tener un
análisis de los riesgos y las medidas correctoras a aplicar
conforme a la legislación actual.
La Evaluación de Riesgos sirve para conocer,
analizar y aplicar las medidas correctoras a los riesgos que
pueden provocar accidentes o daños a la salud de los
trabajadores.
Por otro lado la Planificación es el medio
primordial en el que señalaremos las prioridades a tener en
cuenta, las fechas de las medidas correctoras a aplicar, los
plazos a cumplir, los recursos con que cuenta la empresa, quienes
son los responsables de ponerlas en marcha y los costes que se van
a emplear para ello.
Hay que decir que la Planificación es una
actividad que se ha de desarrollar, y los Inspectores de trabajo,
le dan suma importancia a que ésta esté bien cumplimentada e
implementada en la empresa. No es suficiente con tenerle modelo de
planificación, sino que hay que desarrollarla.
LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS:
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES
Contratar un Servicio de Prevención Ajeno, no
exime de responsabilidades ni de la realización de la gestión
Interna de la Prevención de la empresa. Es un error determinar
"que se tiene todo hecho en prevención cuando se tiene un
S.P.A. contratado".
Como empresa, se ha de conocer cada documento
que el S.P.A. le presenta, ponerlo en marcha y desarrollarlo, la
documentación por sí sola no es suficiente, la documentación
ayuda, y ayuda a poner en marcha las acciones a desempeñar.
Por otra parte los S.P.A., deben cumplir con
una obligación primordial, que es facilitar una documentación y
unos informes suficientes y explicativos. Deben ser entregados a
la empresa y considerados con los representantes de los
trabajadores. Las visitas de los técnicos de prevención han de
ser regulares y efectivas, no hay nada descrito sobre el mínimo o
el máximo obligatorio, pero sí debe haber una regularidad y una
situación de mantenimiento y asesoramiento eficaz.
PRESENCIA DE RECURSOS PREVENTIVOS
La Inspección de Trabajo, se ha endurecido en
los temas de prevención, hace unos años era un tema que se
trataba ante casos evidentes de falta de seguridad importante o
ante denuncias. En la actualidad es un tema al que se le da suma
importancia por parte de la inspección.
Desde que se publicó la Ley de Prevención ha
habido una evolución en los requerimientos, en los plazos
establecidos para cumplir con la Ley, y desde luego en las
sanciones, cada día más cuantiosas.
Se ha pasado de requerimientos en los que
solicitaba tener la modalidad organizativa resuelta, la
evaluación de riesgos y la planificación, a la actualidad en la
que se hacen todo tipo de solicitudes respecto de riesgos como el
Plan de Prevención, la Evaluación, la Planificación
cumplimentada y desarrollada, la Información y Formación de los
trabajadores, la Vigilancia de la Salud, estudios de
Siniestralidad de la Plantilla, los Costes a invertir en
prevención a lo largo del año.
Igualmente sucede con las sanciones, antes
podíamos ver sanciones de 50.000 pesetas, mientras que en la
actualidad las sanciones oscilan entre los 3.000 euros y los
10.000 euros.
VIGILANCIA DE LA SALUD
Tema de suma importancia, que las empresas han
pasado por alto, dado que hasta hace relativamente poco tiempo,
las Mutuas, sin coste alguno, sino como apoyo al mutualista,
realizaban un reconocimiento médico anual , mientras que en la
actualidad esto no es así.
La Vigilancia de la Salud, indica a la empresa
la aptitud de su plantilla para el desarrollo de su actividad en
los puestos de trabajo que cada uno tenga asignado, y si un
trabajador es apto o no en su incorporación al trabajo.
La vigilancia de la salud es, en definitiva, el
termómetro que sirve a la empresa para conocer y controlar su
situación en salud laboral.
Por esto, los reconocimientos actuales son cada
vez más específicos y, en ocasiones, distintos entre unos
trabajadores y otros dependientes de los protocolos que se
establecen para los diferentes puestos de trabajo.
Boletín de Asistencia Empresarial
Marzo 2004