CONSULTAS
JURÍDICAS
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REDACTAR
INFORMES AUTORIZANDO A GESTANTES A VOLAR
¿Estamos
obligados a redactar informes autorizando a gestantes a volar, a
petición de las compañías aéreas? ¿Que implicaciones legales tiene tanto
el hacerlo como el no hacerlo?
R.- En nuestra opinión, todo
dependerá de la evaluación que el especialista en ginecología realice de
la paciente. Es decir, que para aquellos casos en que por el estado o
avance de la gestación o las peculiaridades de ese proceso, exista
alguna contraindicación para volar no debería emitir esos informes
pudiendo el facultativo verse involucrado en un procedimiento judicial,
si ante un resultado desgraciado del embarazo de la gestante esta
ejercitara la acción resarcitoria ante los Tribunales.
Por otro lado el realizar esos informes a
petición de las compañías aéreas podía implicar una mala praxis en la
actuación del facultativo que no estaría amparada por la eximente del
artículo 20.7º del Código al no existir relación de dependencia entre el
especialista y la compañía aérea.