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CONSULTAS JURÍDICAS


P/163 COMPRA DE VIVIENDA ANTES DEL MATRIMONIO

Mi pareja y yo pensamos comprar un piso antes de casarnos y la diferencia de recursos económicos es muy importante. ¿Podemos escriturar el piso en un 85% mío y un 15% suyo? En caso de separarnos, ¿se lo quedaría ella si tuviésemos hijos?

El régimen matrimonial será necesariamente de gananciales.

 

R.- En lo que respecta a la cuestión sobre la posibilidad de escriturar la compra de un inmueble en las condiciones consultadas, debemos decir que nuestro derecho consagra la libertad de pactos entre las partes, por lo que no habría ningún problema en hacerlo.

En el momento en que contraigan matrimonio, aunque opten por el régimen económico matrimonial de sociedad de gananciales, pueden otorgar capitulaciones matrimoniales en las que consten las circunstancias de la compraventa del inmueble y por lo tanto los derechos que cada uno de los cónyuges ostenta sobre este. Las capitulaciones matrimoniales deben constar en escritura pública y debe hacerse constar su existencia en la inscripción del matrimonio en el Registro Civil.

Hay que tener en cuenta que todo lo se estipule en capitulaciones bajo el supuesto de futuro matrimonio quedará sin efecto si no se contrae matrimonio en el plazo de un año.

En lo que respecta a quien tendrá derecho al uso y disfrute del inmueble en caso de separación matrimonial cuando hay hijos, si este inmueble es el domicilio conyugal se quedará en él quien ostente la custodia de los niños.

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