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CONSULTAS JURÍDICAS


P/160 PERMISO SIN SUELDO

Tengo plaza en propiedad como Médico facultativo de Area Sanitaria desde hace 12 años. Trabajo en un Hospital de la Comunidad Valenciana. ¿Tengo derecho a un permiso sin sueldo de tres meses de duración? ¿Es obligado conceder este permiso o es potestativo de la Dirección del Hospital concederlo?. ¿Cuándo se puede denegar este permiso?.

R.- Evidentemente la respuesta va a depender de la regulación específica para la Comunidad Valenciana, y más concretamente a lo que así se haya pactado entre la Administración Sanitaria Autonómica y los representantes sindicales. En cualquier caso, esta clase de permiso normalmente se entiende que es un permiso no retribuido, a diferencia de un permiso por asuntos propios que normalmente si lo es.

Con carácter general le diré que ostentando el derecho, su concesión va a depender de la Dirección del Hospital que puede denegarlo siempre que la denegación se base en una causa o justificación razonable, es decir, suficientemente motivada, no pudiéndose aducir necesidades del servicio o conceptos equivalentes, según tiene declarado la jurisprudencia más reiterada.

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