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CONSULTAS JURÍDICAS


P/149 ESTADO LABORAL

Soy medico especialista via MIR,desde que termine la residencia permanezco en mi Servicio como "Becario de Investigacion",desconozco a que beca de Investigacion estoy asignado(hace ya algo mas de tres años). Durante este periodo, he realizado labor asistencial todo o casi todo el tiempo, realizando actividades como cualquier otro miembro del staff(viendo enfermos, pidiendoles pruebas complementarias,realizando ingresos si se precisa), pero sin la retribucion adecuada,sin cotizar a la Seguridad Social y sin cobertura de seguro de responsabilidad por parte del Hospital.Tambien realizo ensayos clinicos por los que no soy retribuido como otros miembros del staff. ¿Como considera esta situacion y que podria hacer para mejorarla?.

 

R.- En contestación a su consulta, queremos indicarle que lo primero que debería examinarse, a los efectos de exacto encuadramiento de su relación jurídica con el Hospital en el que ejerce su actividad, es toda aquella documentación que tenga relación o soporte con su condición de “Becario de Investigación”, y a la vista de la misma si tal situación , en la actividad desarrollada, se corresponde con la actividad investigadora o más bien sirve de base, como Vd. manifiesta, a la realización de otras actividades totalmente ajenas a aquella situación.

De ser cierto y comprobado este último extremo, lo primero que debería realizarse, a los efectos de mantener la existencia de una vinculación laboral de carácter indefinido, es si en el caso pueden conjugarse los tres elementos o requisitos que caracterizan toda relación laboral, estos son la dependencia, la ajenidad y la retribución.

  • La Dependencia: o sometimiento a las órdenes e instrucciones dadas por el empresario (cumplimiento de horario, organigrama en la empresa u otras).

  • La Ajenidad: en cuanto el producto del trabajo realizado revierte, sin ningún género de dudas no a la labor de investigación becada, sino al propio hospital.

  • Y la Retribución: en tanto en cuanto pudiera demostrarse (extremo éste que por lo que cuenta más dificil de acreditación) que la actividad extra-beca, viene subsumida dentro del importe de la mencionada beca.

En definitiva, acreditar la existencia de un fraude de Ley que no impide la aplicación de la norma que se hubiese tratado de eludir, cual es su contratación laboral con el carácter indefinido, siempre y cuando cumpliese el horario y jornada que cumplen el resto de trabajadores.