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CONSULTAS JURÍDICAS


P/136 CONVOCATORIA PARA LA CONSOLIDACIÓN DEL EMPLEO

De la lectura de la Ley para la consolidación y estabilidad laboral, no se desprende el tratamiento que se va hacer de la antigüedad y título de los Mestos,  dado que en el propio decreto Mesto, se especifica que los años trabajados en la especialidad se considerarán necesarios para obtener el título y no podrán ser considerados como antigüedad en el puesto, siendo por tanto la valoración de la misma cero, no contemplándose en la Ley ninguna valoración para el título obtenido por esta vía. Agradecería me informaseis de lo expuesto, así como la norma, directiva o decreto que lo regula.

R.- Efectivamente, el Decreto Mesto dice que en la fase de concurso de las pruebas selectivas para plazas de especialistas, la antigüedad como especialista se computará desde la fecha de obtención del título de especialista (disposición adicional 2ª), pero el Decreto se refiere a todos los concursos, o mejor dicho, fases de concurso, la Ley que rige esta convocatoria es una Ley que se aplica por una sola vez y a un solo concurso. Es de rango superior y especial con respecto al Real Decreto, por lo que sus normas se aplican con preferencia al Decreto.

El Decreto Mesto es el Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre, por el que se regula un procedimiento excepcional de acceso título de médico especialista. (B.O.E. del 25-9-1999)