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CONSULTAS JURÍDICAS


P/132 ASISTENCIA EN EDAD PEDIATRICA

¿Qué legislación determina la asistencia a pacientes menores de 14 años en los Centros de Salud del SAS?. En algún sitio leí que de 0 a 7 años la asistencia corresponde al Pediatra y de 7 a 14 corresponderá al pediatra o al Médico General de Atención Primaria según elijan los padres del paciente, y si hay alguna diferencia en cuanto a la consulta a demanda o consultas de urgencia a otras horas.

R.- He de remitirnos a las disposiciones contenidas en el Decreto 6/1999, de 9 de marzo, de la Consejería de Sanidad de la Junta de Andalucía, que regula la libre elección de Médico general y Pediatra (BOJA de 13 de abril de 1999, nº 43, páginas 4338), sobre todo al contenido de su artículo 2, y al desarrollo de dicho Decreto, efectuado por la Orden de a propia Consejería de 9 de Junio de 1999, que regula el procedimiento de libre elección y las normas de asignación de Médico General y Pediatra, Orden publicada en el BOJA nº 69, de 17 de junio de 1999, pagina 7197 y siguientes.