CONSULTAS
JURÍDICAS
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DERECHO
SUBSIDIO PARO
Trabajo como facultativo especialista
interino en el ICS; al mismo tiempo estoy dado de alta fiscal y trabajo en
prestación de servicios en una mutua y en un hospital. Quisiera saber si
tengo derecho a subsidio de paro, si causo baja (no voluntaria) en la
plaza interina que desarrollo en el ICS.
R.- Considero que la respuesta ha de ser negativa. Las
disposiciones vigentes sobre la materia (Legislación de la Seguridad
Social, fundamentalmente) viene a señalar que la prestación por
desempleo será factible en aquellos casos en los que no exista ocupación
efectiva del trabajador.
En su caso, habiendo ocupación efectiva es evidente
que la misma lo es a título de prestación por servicios profesionales,
con alta en el impuesto sobre actividades económicas, pero el hecho
(probable) de poder conseguir la prestación por desempleo no empece (más
que probable) que pueda solicitarle el Instituto Nacional de Empleo el
reintegro íntegro de lo percibido, caso de que éste pueda constatar que
existe ocupación efectiva del trabajador, en teoría desempleado, como es
su caso.