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CONSULTAS JURÍDICAS


P/116 FIRMA DE CONTRATOS DE MEDICOS SUSTITUTOS DE ATENCION PRIMARIA

Soy Médico de familia y realizo sustituciones en un centro de salud en Castilla y León. Cada día que trabajo para la Consejería de Sanidad de la Junta debo acudir a firmar el contrato a la capital. Mi domicilio y lugar de trabajo se halla a 80 kilómetros de la misma, con dos puertos de montaña en medio. A pesar de que en el lugar de residencia existe una oficina de la Junta, me obligan a seguir yendo a firmar los contratos a la capital. Esto es así no sólo en mi provincia, sino en toda la comunidad. He solicitado por escrito al Jefe del Servicio Territorial poder firmar los contratos en la oficina de mi ciudad, sin respuesta. Quisiera saber si hay fundamentos legales para negármelo y que puedo hacer al respecto.

R.- El hecho de la determinación del lugar de la firma del contrato va a depender el principio de lo que se denomina centro de gasto o unidad de gasto que es de quien se depende a los efectos de cumplimiento del contrato suscrito y donde se halla la persona que se halla capacitada para firmar el mismo. Evidentemente habrá de investigar Vd. el lugar en donde radica el centro de gasto que, en principio, parece razonable que se encuentre en la capital que refiere.

En cuanto si existe fundamento legal para negarse a su petición, quiero poner en su conocimiento que salvo los dos impedimentos anteriormente referidos entiendo que no, y que además en casos como el presente, ha de atenderse a criterios de razonabilidad más que a criterios estrictamente jurídicos.