Soy Médico de familia y realizo
sustituciones en un centro de salud en Castilla y León. Cada día que
trabajo para la Consejería de Sanidad de la Junta debo acudir a firmar el
contrato a la capital. Mi domicilio y lugar de trabajo se halla a 80
kilómetros de la misma, con dos puertos de montaña en medio. A pesar de
que en el lugar de residencia existe una oficina de la Junta, me obligan a
seguir yendo a firmar los contratos a la capital. Esto es así no sólo en
mi provincia, sino en toda la comunidad. He solicitado por escrito al Jefe
del Servicio Territorial poder firmar los contratos en la oficina de mi
ciudad, sin respuesta. Quisiera saber si hay fundamentos legales para
negármelo y que puedo hacer al respecto.
R.- El hecho de la determinación del lugar de la firma
del contrato va a depender el principio de lo que se denomina centro de
gasto o unidad de gasto que es de quien se depende a los efectos de
cumplimiento del contrato suscrito y donde se halla la persona que se
halla capacitada para firmar el mismo. Evidentemente habrá de investigar
Vd. el lugar en donde radica el centro de gasto que, en principio, parece
razonable que se encuentre en la capital que refiere.
En cuanto si existe fundamento legal para negarse a su petición,
quiero poner en su conocimiento que salvo los dos impedimentos
anteriormente referidos entiendo que no, y que además en casos como el
presente, ha de atenderse a criterios de razonabilidad más que a
criterios estrictamente jurídicos.