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CONSULTAS JURÍDICAS


P/109 RECONOCIMIENTO DE NIVEL

Soy funcionario del Cuerpo Superior de Salud Pública de Castilla- La Mancha (Sanitarios Locales) y he desarrollado durante más de 10 años el cargo de Coordinador Médico de una EAP. Fui nombrado por la Conserjería de Sanidad. Los haberes económicos (complemento de destino y otros) son abonados por el Insalud. ¿Qué derechos tengo a consolidar el nivel y como se reclamaría?.

R.- Pese a lo que manifiesta en su consulta, hemos de indicarle que en su condición de sanitario local, el carácter estrictamente funcionarial de su relación reconocido por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, impide la aplicabilidad del principio general del derecho laboral de respeto a las condiciones más beneficiosas. Así la Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de abril de 1991, recogiendo la doctrina de la Sentencia del Tribunal Constitucional 99/1987, de 11 de junio, establece que este principio, propio del derecho laboral, no puede aplicarse en la esfera jurídico-pública, sea ésta funcionarial o estatutaria, toda vez que el funcionario que ingresa al servicio de la Administración Pública se coloca en una situación jurídica objetiva, definida legal y reglamentariamente, sin que pueda exigirse que determinada situación admi9nistrativa que disfrute se mantenga en el tiempo, porque ello se integra en las determinaciones unilaterales lícitas del legislador, al margen de la voluntad de quien entra a formar parte de la Administración Pública.