CONSULTAS
JURÍDICAS
P/103
MEDICINA DEL
TRABAJO
Llevo 15 años como especialista de medicina
del trabajo en una empresa privada totalmente legalizado el servicio
médico ante la inspección de salud laboral de un área del Insalud. Es
una mancomunidad médica que atiende a varias filiales de la misma empresa
y estoy en nómina de la empresa. Si la misma decide prescindir del
servicio médico y hacerlo externo ¿Qué derechos tengo?.
R.-
Partiendo de las condiciones que Vd. menciona y del
hecho – posible decisión de la empresa- de prescindir de todo el
servicio y no de su puesto de trabajo, podría arbitrarse la resolución
de su vinculación laboral bajo la modalidad de despido por causas
objetivas. En este caso sus derechos gravitarían en una reclamación
laboral solicitando que en realidad se trata de un despido improcedente
con derecho a indemnización o, en su caso, readmisión, intentando
demostrar que esas causas objetivas que pudieran plantearse (entre ellas,
la amortización de los puestos de trabajo del servicio con ocasión de
hacer externo el servicio, a través por ejemplo, de un servicio de
prevención, como regula la Ley de Prevención de Riegos Laborales) no son
realmente tales o no responden a los condicionamientos previstos en la
Ley.
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