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CONSULTAS JURÍDICAS


P/101 CONTRATO DE TRABAJO.

Primeramente explicar que soy un médico cubano que obtuvo la homologación al título de licenciado en medicina y cirugía después de 1995, aunque la entrega de mis documentos fue en el año 1994. Estuve trabajando para el Serga de Orense durante 1995 y 1996 y cual no es mi sorpresa que al presentarme a la lista de sustituciones para el Serga al año siguiente me excluyen planteándome la idea de que mi homologación es posterior al 95 y por lo tanto no puede trabajar para la seguridad social, ya que tengo que hacer el Mir de familia post 95. Quisiera me orientaran al respecto, ya que me encuentro en una situación bastante difícil pues al no tener aún la nacionalidad española no puedo presentarme al Mir post 95.

R.- Efectivamente, la negativa a que Vd. siga perteneciendo a la bolsa de trabajo está fundamentada a derecho, por cuanto de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 853/1993, , a partir del 1 de enero de 1995 es necesario para desempeñar plazas de Médico de Medicina General en centros o servicios sanitarios integrados en el Sistema Nacional de Salud, ostentar o bien el título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, o la certificación prevista en el artículo 3 del Real Decreto, o los títulos, certificados o diplomas a los que hace referencia la Directiva 86/45/CEE.

A ello no obsta, a mi juicio, el hecho de que hubiera presentado su solicitud de homologación en el año 1994.