Congresos
V CONGRESO NACIONAL DE DERECHO SANITARIO


EL CONSENTIMIENTO INFORMADO 25 años después.

Desde la perspectiva de los profesionales sanitarios.

 

Dña. Agata Libano Alonso


Antes de comenzar nuestra exposición, hemos de agradecer la oportunidad que se nos ha brindado para presentar nuestra ponencia y poder participar en el Congreso, sin poder ocultar el temor de no llegar a estar a la altura del resto de las ponencias.

Hace unas semanas asistimos a una Conferencia en Vitoria organizada por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco, para los profesionales de la Medicina y donde éstos exponían sus preocupaciones acerca de esta materia.

A raíz de ello, y en virtud de que pudimos participar como asistentes, tuvimos la oportunidad de recoger las dudas de los profesionales sanitarios, en esta materia.

Asimismo, hemos podido observar cómo ha ido cambiando la relación médico-paciente. Desde nuestro difunto abuelo, médico del pueblo, donde la relación médico-paciente era paternalista-beneficiente hasta nuestro padre, médico en un ambulatorio, pasando a una relación basada en criterios de evidencia científica, de justicia distributivo, de respeto por la autonomía del paciente y de beneficencia no paternalista, donde los condicionantes actuales de nuestros sistemas sanitarios contribuyen a desvirtuar la relación interpersonal entre profesionales sanitarios y pacientes debido a diversos factores como la continua proliferación y sofisticación de los medios tecnológicos, la ausencia de tiempo derivada de un aumento creciente de la demanda y la multiplicidad de actores que se relacionan con el paciente contribuyendo a despersonalizar la relación.

Las relaciones clínicas actuales tienen características que las hacen muy diferentes a las que se daban no hace tantos años. Ha variado el contexto: asistencia generalizada, profesionales médicos, de enfermería y otros contratados por las instituciones, gestores que administran el sistema, normativa asistencias y las reglas del juego derechos de los pacientes, etc.

Vamos a pasar a dar una definición del Consentimiento recogida por el Servicio Vasco de Salud (en nuestro idioma lo mas correcto sería llamarlo proceso de información y decisión o Consentimiento).

Consentir es una decisión que le compete al paciente en estrecha relación y complicidad con el profesional que es quien debe facilitar toda la información requerida para que este derecho, a la vez que deber del usuario, se ejerza de forma libre y fundamentada. únicamente de esta manera se podrá conseguir la colaboración y el compromiso del paciente de cara a la resolución o prevención de sus problemas de salud.

La primera expresión madura se da hace 25 años cuando se formula el primer código de los derechos de los pacientes y usuarios de salud en el año 1973. Así lo mismo que surgen los derechos de los consumidores y usuarios surge los derechos de los usuarios de la salud en 1973, hasta que se convierte en Derecho Positivo en 1986 con el Código de Sanidad, específicamente en el artículo 10.

Sobre los aspectos jurídicos indicaremos que el marco de referencia legislativo es la Ley General de Sanidad de 1986 (art.10, principalmente). En la legislación vasca, el Decreto 175/89 o carta de Derechos y obligaciones de los pacientes y usuarios de Osakidetza (Servicio Vasco de Salud), recoge y amplía los preceptos de información y decisión. Además, existe abundante legislación para circunstancias particulares: transplantes, esterilización y donación de sangre, entre otras.

El desarrollo histórico de este derecho hay que situarlo en el contexto del movimiento de reivindicación de los derechos civiles a partir de la 2ª Guerra Mundial. También, está relacionado con el desarrollo de la investigación Bio-médica y con algunos grandes desastres ocurridos en su nombre (Nuremberg: juicio y código), y con la crisis del modelo paternalista clásico de la relación médico-enfermo frente al auge de autonomía del paciente.

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BALANCE CRÍTlCO DE LO QUE ES EL CONSENTIMIENTO INFORMADO

(25 AÑOS DESPUÉS):

Siguiendo las Tesis del Profesor Diego Gracia, distinguiremos tres etapas a desarrollar:

A.TESIS NOSTALGICA, Es frecuente la actitud nostálgico en los profesionales sanitarios de aquellos tiempos pasados, ya que la dureza de las relaciones sanitarias ha llevado a recordar la época anterior, como una época que se añora.

B.TESIS PRESENTE DE CONFRONTACIÓN "bélica o reivindicativa": El Consentimiento Informado ha roto las anteriores reglas de juego iniciando una fase de confrontación, de reivindicación, de enfrentamiento.

C.TESIS FUTURA: Cooperativa o responsable hacia un estado de paz. No hay retorno posible a las situaciones iniciales y debemos buscar una nueva situación que se debe crear.

A.- ACTITUD NOSTÁLGICA:

Es la más frecuente entre médicos y profesionales sanitarios. Desde el comienzo de la medicina a todo lo largo de la historia se ha defendido un tipo de estructura de la relación clínica. Este tipo se ha llamado Vertical, es decir una estructura de sumisión, de mandato y obediencia.

El médico, era incuestionable, ocupaba una privilegiada posición social con importante participación en los medios de poder, donde su figura era respetada con inmunidad frente a los ataques sociales.

Pero si nos fijamos, todas las relaciones humanas son verticales, y han ido poco a poco evolucionando.

En los últimos tiempos se ha polarizado la tendencia social hacia un rechazo, y casi sistemático, "ataque" a la clase médica.

Pero, ¿es malo que haya conflictos? El conflicto no es signo de mala calidad moral de las relaciones humanas, más bien habría que decir lo contrario.

La población tiene mayor información en cuanto a medicina preventiva, derechos del consumidor, riesgos por enfermedad, protección jurídica de la persona, etc.

La sociedad ha aprendido a valorar la salud y la enfermedad, el riesgo y la muerte, y consiguientemente exige mayor responsabilidad a los profesionales que deben cuidar de ella.

La actitud nostálgico está propiciada por la realidad.

B.- ACTITUD BÉLICA O REIVINDICATIVA:

Destacamos dos subfases:

1º.- Entre los años 50 y principios de los 70. Los pacientes comienzan a considerar que la actitud paternalista es una "agresión" de la cual tiene que defenderse. Los pacientes intentan defenderse mediante la coraza jurídica y lo consiguen en el año 1973.

2º.- En la que utilizan los derechos para "atacar". Es la denominada "fase bélica" en la que la iniciativa la tienen los usuarios de la medicina. Se genera la Medicina Defensiva.

El paciente conocedor de sus derechos, los reclama. Se trata de una relación en la que se ha pasado de la sumisión a la autonomía.

En toda relación humana podemos observar cómo se da este cambio. Así en la relación padre e hijo, donde este último termina por rebelarse exigiendo su propia autonomía, e incluso en una relación de pareja.

El paternalismo ha durado 25 años.

Pero hay que analizar este panorama de una manera optimista, estamos pasando por una fase intermedia purgándonos. De esta situación hay que salir, y la actitud es la cooperación.

C.- ACTITUD COOPERATIVA O RESPONSABLE HACIA UN ESTADO DE PAZ:

Hay que cambiar las reglas de juego y esto es mediante:

1º- Participación, médico-paciente.

2º- Deliberación en las decisiones de los pacientes.

Tiene que haber un proceso deliberativo, colaborativo. Una actitud moral basada en el respeto y en la colaboración.

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CONCLUSlON

Desde el Servicio Jurídico de Osakidetza se concluye que:

"La obtención del consentimiento informado del paciente no es sólo una obligación legal, que impone el artículo 10 de la LGS, sino un acto clínico más, bien se considere incluido en la Lex artis, bien se conciba como deber integrado en la obligación general de medios, como parece ser el pensamiento del Tribunal Supremo.

Aunque los Tribunales han utilizado para las pruebas del consentimiento, no sólo el C I sino el conjunto de las pruebas practicadas, corresponde siempre al médico probar la existencia del mismo.

La prueba de un consentimiento informado válido, contribuye, sin lugar a dudas, a la obtención de una sentencia absolutorio, siendo el documento de mayor garantía de solvencia probatoria. "

Dos buenos trabajos publicados en el JAAM vienen a confirmar que buena parte de las demandas que los enfermos interponen a sus médicos obedecen más a una falta de comunicación y atención por parte del facultativo que a errores médicos propiamente dichos. Parte de las demandas se podrían haber evitado si la relación entre el enfermo y su médico hubiera transcurrido por otros derroteros. Luego, además de saberse a dedillo los tratados de patología médica y de haber pasado miles de horas trabajando en un hospital de reconocido prestigio, PARA SER UN BUEN MÉDICO - y sobre todo para tratar de no ir nunca a los tribunales acusado de un error profesional - HAY QUE APRENDER TAMBIÉN A COMUNICARSE CON EL PACIENTE Y SU FAMILIA.

Finalmente, resaltamos los aspectos significativos a los que llegamos, tanto ponentes como participantes, en la Conferencia organizada por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco:

1.-El consentimiento informado fue recibido por los profesionales sanitarios como una imposición legal. "Se trabaja bajo la espada de Darnocles".

2.- Imposición Administrativa: Los médicos, inadecuadamente formados e informados, no se sintieron partícipes en la iniciativa.

3.- La bioética es una asignatura pendiente, y además es necesario un curso de técnicas de comunicación así como, los profesionales sanitarios necesitan saber qué información deben de dar al paciente.

4.- Los facultativos buscan el formulario del Consentimiento Informado desgraciadamente como Defensa Jurídica.

5.- Se deben introducir en los hospitales, así como en los centros de Atención primaria, Comités de Éticas.

6.- La relación no es sólo entre dos, médico-paciente, sino entre médico, enfermo, economía e instituciones sanitarias.

 


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